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Ser tratado en el IVO

¿Quién puede ser paciente IVO?

El Instituto Valenciano de Oncología es un centro concertado que colabora con la sanidad pública a través de un acuerdo de acción concertada. Cualquier persona que precise atención médica oncológica puede ser tratada en el IVO. Sin embargo, y en virtud de dicho acuerdo de acción concertada, el procedimiento para ser paciente en nuestro hospital varía según las circunstancias de cada paciente.

 

Si la persona es residente en la Comunidad Valenciana, está en posesión de la tarjeta sanitaria SIP que acredita el nivel de prestaciones públicas y tiene documentación médica que confirme la sospecha oncológica, podrá solicitar ser tratada en el IVO y no tendrá que asumir ningún coste por sus tratamientos. Según el acuerdo de acción concertada que el IVO mantiene con la Conselleria de Sanitat Universal i Salut Pública de la Comunidad Valenciana, deben ser personas con problemas oncológicos que residan y formen parte de la población protegida de los departamentos de salud de la Comunidad Valenciana con cobertura sanitaria pública de conformidad con lo establecido en la ley 3/2003, de 28 de mayo, de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud y normas de desarrollo, y el Decreto 3/2015 de 24 de julio, del Consell, por el que se regula el acceso universal a la atención sanitaria en la Comunidad Valenciana. 

 

Cualquier otra persona que no esté recogida en el punto anterior, también podrá solicitar ser tratado en el IVO, pero el procedimiento es distinto. Puede acudir al departamento de Admisión del IVO, llamar al 96 111 4000 o contactar telemáticamente

 

En cuanto a la atención a las personas desplazadas, se actuará de conformidad con lo establecido en la normativa estatal vigente, en los reglamentos comunitarios de coordinación de Sistemas de Seguridad Social y en los convenios bilaterales suscritos por el Estado Español en materia de asistencia sanitara. 

¿Cómo puedo ser paciente IVO?

Las personas que formen parte de la población protegida de los departamentos de salud de la Comunidad Valenciana con cobertura sanitaria pública, disponen de dos vías para solicitar la asistencia en el IVO:

 

– Directamente en el IVO,  presentando una solicitud en el servicio UDCA (Admisión Nuevos Pacientes) situado en la planta baja del Edificio D del complejo hospitalario del IVO en Valencia. También es posible enviar la solicitud por internet a través de este formulario o llamar al llamar al 96 111 4000.

 

– A través de la derivación de su médico. Puede ser derivado a través de cualquier facultativo implicado en el proceso oncológico, o especialista en medicina familiar y comunitaria

 

Las personas que no formen parte de la población protegida de los departamentos de salud de la Comunidad Valenciana con cobertura sanitaria pública también pueden solicitar ser pacientes del IVO, pero el procedimiento es distinto. Para ello, puede acudir al departamento de Admisión del IVO, llamar al 96 111 4000 o contactar telemáticamente

¿Puedo ir al IVO con mi seguro privado?

Sí, previa autorización por parte de su seguro médico.

Mi hospital me ha derivado al IVO, ¿cuándo me llamarán?

En el momento en que se autorice su derivación. Para cualquier duda o consulta puede ponerse en contacto en el teléfono 96 111 4000

La solicitud de remisión deberá ser contestada en un plazo máximo de 2 días hábiles. En caso de no recibir respuesta, su solicitud será autorizada por silencio administrativo.

He hecho una solicitud en el IVO para ser paciente, ¿cuándo sabré si mi departamento sanitario me ha autorizado?

Le llamaremos para informarle y darle la cita en cuanto se tramite la autorización. El plazo de Conselleria es de 3 días hábiles desde que pasa por el registro. En caso de no recibir respuesta, su solicitud será autorizada por silencio administrativo.

He hecho una solicitud en IVO para ser paciente, me han llamado de mi hospital de referencia y me han dado cita. ¿Debo acudir?, ¿qué pasa si no voy a esa cita?

El departamento sanitario al que usted pertenece deberá hacer una valoración para tomar una decisión sobre su caso; si le han citado, le recomendamos que acuda a esa cita. 

Quiero pedir informes médicos o copia de pruebas de radiodiagnóstico realizadas en el IVO, ¿cómo puedo pedir documentación?

Las personas que sean o hayan sido pacientes del IVO, pueden solicitar la documentación clínica que necesiten. Las solicitudes pueden realizarse de manera presencial o por internet a través del Portal del Paciente IVO. Consulta más información sobre cómo solicitar documentación al IVO

Soy extranjero/a, ¿cómo puedo ser paciente IVO?

Las personas no residentes en la Comunidad Valenciana (España) que no estén cubiertas por el servicio de salud pública español, podrán solicitar ser tratados en IVO a través de su compañía o seguro médico privado y de forma privada. Por favor, contacte con su aseguradora para conocer su cobertura médica. Si necesita otra información, nuestro teléfono de atención es el 96 111 4000.